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Carnet para Caravana, ¿Cuál Necesito?

Publicado por Alquivan el 29/04/2021 en la categoría: ,

En España no existe un carnet para caravana específico. Es decir, no es necesario obtener un permiso de conducir concreto para poder circular con ella. Sin embargo, en función del peso del vehículo y del remolque, así como de la suma de ambos, será necesario contar con uno u otro. Algo que todos los interesados en comprar o alquilar una autocaravana deben saber, y que desde Alquiván vamos a explicar.

La MMA, clave para saber el carnet para caravana que se necesita

A la hora de determinar qué carnet hace falta para llevar una caravana 70, la MMA (Masa Máxima Autorizada) es el dato más importante. En concreto, este término se define como el peso máximo que puede tener un vehículo al circular por la vía pública una vez cargado. Dentro de él se engloban todos los componentes del automóvil, las mercancías transportadas y los viajeros. Todas las empresas especializadas en venta de autocaravanas segunda mano o nuevas deben informarte sobre este aspecto en particular.

Para entender mejor qué es la MMA es necesario entender las definiciones de tara y carga útil. Vamos a verlas:

  • Tara: corresponde a la masa de la caravana vacía, es decir, sin ninguna carga en su interior.
  • Carga útil: resultante de la resta de la MMA y la tara del vehículo.

A estos dos habría que sumar otro concepto. Se trata de la MMR (Masa Máxima Remolcable), que es la cantidad de peso que es capaz de remolcar el vehículo como máximo. Entre todos ellos determinarán si será posible realizar un viaje en caravana con el carnet de conducir B o si será necesario obtener el carnet B+E o el permiso B96.

Carnet de caravana: ¿B, B+E o B96?

Como decíamos, la relación entre el peso del vehículo y del remolque de la caravana es lo que determina la necesidad de disponer de un carnet de conducir o de otro.

¿Qué caravanas se pueden conducir con el carnet B?

Este es el carnet de conducir que poseen la inmensa mayoría de conductores ya que habilita para ponerse al volante de la mayor parte de turismos. Además, es el que permite conducir prácticamente todos los conjuntos de coche y caravana. No es necesario obtener ningún otro si:

  • La caravana pesa menos de 750 kg y, al sumar el peso del vehículo, el resultado es inferior a 4250 kg.
  • La caravana pesa más de 750 kg pero, al sumar el peso del vehículo, el resultado no supera los 3500 kg.

¿Cuándo es necesario obtener el carnet B+E para conducir una caravana?

Cuando el conjunto de caravana y coche no cumpla con cualquiera de los dos supuestos anteriores. Es decir, el carnet B+E será necesario si la suma de ambos elementos es superior a 4250 kg (cuando el remolque pesa menos de 750 kg o mayor que 3500 kg si su peso es superior a esa cifra).

Eso sí, este carnet para conducir caravana es bastante más complicado de sacar que el de tipo B. De hecho, exige que el conductor ya disponga de ese permiso de conducir. Para obtener el B+E será necesario que realice una prueba teórica y dos prácticas. La primera conllevará la ejecución de maniobras en un circuito cerrado. La segunda, consistirá en circular en la vía pública.

¿Cuándo es necesario el permiso B96 para circular con una caravana?

El permiso de conducir B96 es necesario siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • El vehículo tenga una MMA inferior a 3500 kg.
  • La caravana pese más de 750 kg.
  • El conjunto no exceda los 4250 kg.

Este no es un carnet de conducir en sí mismo. En realidad se trata de una extensión del permiso tipo B citado anteriormente. Esto tiene una ventaja importante ya que, para obtener el B96, no es necesario volver a superar la prueba teórica. En cambio, no sucede lo mismo con la parte práctica. Esta consta de dos fases, al igual que el B+E. Para conseguirlo, es necesario aprobar una serie de maniobras en un circuito cerrado y hacer un examen de circulación por la vía pública.

Detalles y recomendaciones a tener en cuenta

Hay varias cuestiones importantes que debes conocer además de preguntarse sobre el precio de autocaravanas. La DGT (Dirección General de Tráfico) exige que todas las caravanas que pesen más de 750 kg tengan su propia matrícula. Por tanto, es necesario matricularla si es nueva y realizar la transferencia si es una caravana de segunda mano.

También tendrá que contar con su propio seguro, ficha técnica y permiso de circulación. Hasta tendrá que pasar la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) de forma independiente al vehículo tractor. En definitiva, aunque no exista actualmente un carnet para caravana, sí que hay que tener permisos especiales y concretos en determinados casos. El ejemplo más evidente es el del permiso de conducir B+E y, sobre todo, del B96. Este es el que habilita a llevar como remolque las caravanas más pesadas y -generalmente-, más sofisticadas del mercado.

¿Tienes alguna duda al respecto? Si estás pensando en hacer un viaje y dispones de todos tus papeles en regla, aquí te dejamos un link que te permitirá responder a tu siguiente posible duda ¿Cuánto cuesta alquilar una autocaravana?

2 comments on “Carnet para Caravana, ¿Cuál Necesito?”

    1. Buenas tardes:
      Desde Alquivan queremos ampliar esta información para aclarar cualquier duda que pudiera surgir:

      Caravanas y Autocaravanas.

      Características y Permisos de Conducir necesarios para su conducción.

      1.- En primer lugar vamos a diferenciar una "Autocaravana" de una "Caravana".

      "Autocaravana" es un vehículo construido con un propósito especial como es el de alojamiento-vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda y los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.

      En cambio una "Caravana" es un remolque o semirremolque concebido y acondicionado para ser utilizado como vivienda móvil, permitiéndo el uso de su habitáculo cuando el vehículo se encuentra estacionado.
      La DGT (Dirección General de Tráfico) exige que todas las caravanas cuya M.M.A (Masa Máxima Autorizada) supere los 750 kg tengan su propia matrícula. Por tanto, es necesario matricularla si es nueva y realizar la transferencia si es una caravana de segunda mano.

      También tendrá que contar con su propio seguro, ficha técnica y permiso de circulación. Hasta tendrá que pasar la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) de forma independiente al vehículo tractor.

      2.- En segundo lugar indicaremos los Permisos de Conducir necesarios para su conducción en el caso de las autocaravanas o para su arrastre por un vehículo como remolque-vivienda en el caso de las caravanas.

      Para ello antes de nada debemos conocer 3 conceptos como son la M.M.A (masa máxima autorizada) y la M.M.R (masa máxima remolcable) y la Carga Máxima.

      M.M.A ó Masa Máxima Autorizada es el peso máximo que puede soportar un vehículo incluido el del propio vehículo. Sería el peso total con el vehículo cargado al máximo y es el resultado de sumar la carga y la masa en vacío (tara) de un vehículo.

      MMR o Masa Máxima Remolcable: se refiere al peso máximo que puede remolcar nuestro vehículo. Suele acompañarse de las expresiones s/f y c/f que significan “con frenos” y “sin frenos”, respectivamente; es decir, considerando si el remolque posee frenos o no.

      Carga Máxima. Sería el resultado de restar a la M.M.A (Masa Máxima Autorizada) la masa en vacío (tara) del vehículo. Es el límite máximo de carga que podemos transportar.

      Ambas cifras (MMA y MMR) están reflejadas por parte del fabricante del vehículo en la Tarjeta de Inspección Técnica (conocida como Ficha Técnica) que se nos entrega con la compra del vehículo.

      3.- Permisos de Conducir para conducción de autocaravanas y caravanas arrastradas por un turismo, camión o autobús.

      AUTOCARAVANAS.

      Caso 1 . Autocaravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) igual o inferior a 3.500 Kg de MMA se necesita el Permiso Conducir clase B (mismo permiso conducir que se necesita para un turismo) para los que hay que superar si no dispone de él de una 1ª prueba de control de conocimientos de Normas, Señales y Seguridad Vial (examen teórico) y una 2ª prueba de control de aptitudes en vías abiertas abiertas al tráfico en general (examen práctico de circuito abierto).
      Caso 2. Autocaravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) superior a 3.500 kg e igual o inferior a 7.500 kg de M.M.A se necesita el Permiso Conducir clase C1 para los que hay que superar si no dispone de él de una 1ª prueba de control de conocimientos de reglamentación específica aplicable al transporte de mercancías (examen teórico), una 2ª prueba de control de aptitudes en vías cerradas al tráfico (examen práctico de circuito cerrado) y una 3ª prueba de control de aptitudes en vías abiertas abiertas al tráfico en general (examen práctico de circuito abierto).
      Caso 3. Autocaravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) superior a 7.500 kg de M.M.A se necesita el Permiso Conducir clase C para los que hay que superar si no dispone de él de una 1ª prueba de control de conocimientos de reglamentación específica aplicable al transporte de mercancías (examen teórico), una 2ª prueba de control de aptitudes en vías cerradas al tráfico (examen práctico de circuito cerrado) y una 3ª prueba de control de aptitudes en vías abiertas abiertas al tráfico en general (examen práctico de circuito abierto).

      En cualquiera de los 3 casos se les permite a la autocaravana arrastrar remolques que no excedan de 750 Kg de M.M.A.

      TURISMOS ARRASTRANDO CARAVANAS

      Caso 1 . Caravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) igual o inferior a 750 Kg de MMA NO se necesita un Permiso Conducir específico para el arrastre de la caravana. Es suficiente para poder arrastrarla de disponer sólo de un Permiso de Conducir que habilite a la conducción del vehículo tractor como puede ser un turismo, camión, autobús, etc).

      Caso 2 . Caravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) superior a 750 Kg y siempre que las sumas de las masas máximas autorizadas del vehículo tractor + caravana no supere los 3500 kg. NO se necesita un Permiso Conducir específico para el arrastre de la caravana. Es suficiente para poder arrastrarla de disponer del Permiso B que habilite a la conducción del vehículo tractor si éste es un turismo (no se aplica este criterio cuando se trata de un vehículo tractor distinto de un turismo, es decir cuando se trate de un camión o un autobús el que arrastra a la caravana.

      Caso 3 . Caravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) superior a 750 Kg y siempre que las sumas de las masas máximas autorizadas del vehículo tractor + caravana supere los 3500 kg hasta un máximo de 4250 kg. Se necesita un Permiso Conducir específico para el arrastre de la caravana, en éste caso el Permiso de Conducir B96 para los que hay que superar una 1ª prueba de control de aptitudes en vías cerradas al tráfico (examen práctico de circuito cerrado) y una 2ª prueba de control de aptitudes en vías abiertas abiertas al tráfico en general (examen práctico de circuito abierto). No hay prueba de control de conocimientos (teórica).

      Caso 4 . Caravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) superior superior a 750 Kg y hasta un máximo de 3500 Kg siempre que las sumas de las masas máximas autorizadas del vehículo tractor + caravana supere los 4250 kg. Se necesita un Permiso Conducir específico para el arrastre de la caravana, en éste caso el Permiso de Conducir B+E para los que hay que superar si no dispone de él de una 1ª prueba de control de conocimientos de reglamentación específica aplicable a remolques (examen teórico), una 2ª prueba de control de aptitudes en vías cerradas al tráfico (examen práctico de circuito cerrado) y una 3ª prueba de control de aptitudes en vías abiertas abiertas al tráfico en general (examen práctico de circuito abierto).

      CAMIONES Y AUTOBUSES ARRASTRANDO CARAVANAS

      Caso 1 . Caravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) igual o inferior a 750 Kg de MMA NO se necesita un Permiso Conducir específico para el arrastre de la caravana. Es suficiente para poder arrastrarla de disponer sólo de un Permiso de Conducir que habilite a la conducción del camión o autobús que sería:
      - Camiones hasta 7500 kg de M.M.A Permiso de Conducir clase C1 (para su obtención ver caso 2 autocaravanas).
      - Camiones de más de 7500 kg de M.M.A Permiso de Conducir clase C (para su obtención ver caso 3 autocaravanas).
      - Autobús con número de plazas como máximo 17 incluyendo al conductor se necesita Permiso Conducir clase D1 (para su obtención ver caso 2 autocaravanas).
      - Autobús con número de plazas superior a 17 incluyendo al conductor se necesita Permiso Conducir clase D (para su obtención ver caso 3 autocaravanas).
      Caso 2 . Caravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) superior a 750 Kg y camión que no supera los 7500 Kg de M.M.A se necesita Permiso de Conducir clase C1+E para los que hay que superar si no dispone de él de una 1ª prueba de control de conocimientos de reglamentación específica aplicable a remolques (examen teórico), una 2ª prueba de control de aptitudes en vías cerradas al tráfico (examen práctico de circuito cerrado) y una 3ª prueba de control de aptitudes en vías abiertas abiertas al tráfico en general (examen práctico de circuito abierto).

      Caso 3 . Caravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) superior a 750 Kg y camión que supera los 7500 Kg de M.M.A se necesita Permiso de Conducir clase C+E para los que hay que superar si no dispone de él de una 1ª prueba de control de conocimientos de reglamentación específica aplicable a remolques (examen teórico), una 2ª prueba de control de aptitudes en vías cerradas al tráfico (examen práctico de circuito cerrado) y una 3ª prueba de control de aptitudes en vías abiertas abiertas al tráfico en general (examen práctico de circuito abierto).

      Caso 4 . Caravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) superior a 750 Kg y autobús que no supera las 17 plazas inclutendo al conductor se necesita Permiso de Conducir clase D1+E para los que hay que superar si no dispone de él de una 1ª prueba de control de conocimientos de Reglamentación Específica aplicable a remolques (examen teórico), una 2ª prueba de control de aptitudes en vías cerradas al tráfico (examen práctico de circuito cerrado) y una 3ª prueba de control de aptitudes en vías abiertas abiertas al tráfico en general (examen práctico de circuito abierto).

      Caso 5 . Caravana M.M. A (Masa Máxima Autorizada) superior a 750 Kg y autobús que supera las 17 plazas incluyendo al conductor se necesita Permiso de Conducir clase D+E para los que hay que superar si no dispone de él de una 1ª prueba de control de conocimientos de reglamentación específica aplicable a remolques (examen teórico), una 2ª prueba de control de aptitudes en vías cerradas al tráfico (examen práctico de circuito cerrado) y una 3ª prueba de control de aptitudes en vías abiertas abiertas al tráfico en general (examen práctico de circuito abierto).

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