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Los camping se rebela contra las autocaravanas y exigen sanciones

Publicado por Alquivan el 11/11/2020 en la categoría: ,

Nos hacemos eco de la publicación realizada por motorpasión y queremos compartirla con vosotros.

En un marco convulso para todos debido a la pandemia, no pasa desapercibido prácticamente para nadie el auge de las autocaravanas y furgonetas camper como una forma para disfrutar del ocio dentro de nuestras fronteras al tiempo que se garantiza el distanciamiento social. Pero hay algunas partes implicadas a las que no les parece una solución tan positiva.

La Federación Española de Empresarios de Camping (FEEC) ha alzado la voz y han solicitado una reforma de la ley para que las pernoctas en vehículo habitable fuera de los establecimientos de camping sean, directamente, prohibidas y sancionadas.

Camping contra autocaravanas: la lucha por la pernocta

En el marco de una consulta lanzada por el Gobierno de Aragón quien se está planteando la modificación de la normativa de alojamientos turísticos al aire libre, la FEEC ha respondido con un documento en el que muestran su total oposición a cualquier actividad de pernocta fuera de los camping. Un ataque fronal contral el sector del caravaning y las furgonetas camper.

Según el documento elevado por la FEEC (y que puedes consultar completo al final de este artículo), la pernocta fuera de establecimientos de camping o fuera de áreas de pernocta se debe considerar como actividad de acampada y por tanto se debe prohibir. Un apunte: actualmente las áreas de pernocta como tal no existen, pero según la propuesta de la Federación deberían ser zonas gestionadas por empresarios de camping para que las caravanas, autocaravanas y furgonetas camper pernocten.

A lo que la FEEC se refiere con áreas de pernocta son aquellas áreas de caravanasque las autoridades locales de forma activa han facilitado para que los vehículos habitables puedan estacionar, descansar, pernoctar, tirar basura o vaciar/rellenar los depósitos, ya sea de manera gratuita o previo pago.

Ahondando en esta postura, para la FEEC la pernoctación en autocaravanas "por su propia naturaleza de vehículo vivienda es un uso turístico absolutamente incompatible con el uso público de los lugares que vienen ocupando". Dicho con otras palabras, que según la FEEC las autocaravanas y furgonetas camper son incompatibles con el uso de las vías públicas.

Las exigencias de la FEEC se resumen en tres puntos clave que reflejan a modo de conclusiones en su documento elevado al Gobierno de Aragón:

  • Regular las áreas de pernocta de autocaravanas mediante "una normativa análoga a los campings" y "sean consideradas establecimientos turísticos". En la práctica, que las áreas de autocaravanas pasen a ser campings con otro nombre, misma regulación y, seguramente, misma gestión para captar el incremento de usuarios de autocaravanas. Que aquello que ahora es gratuito o con un precio simbólico deje de serlo.
  • Que la pernocta dentro de una autocaravana sea considerada acampada y se prohíba.
  • Que la acampada (incluyendo lo que hasta ahora sería pernocta) se sancionefuera de establecimientos regulados.

¿Y quién es la FEEC? La Federación Española de Empresarios de Camper es la patronal de los campings de España, y está presidida por Ana Beriaín. Esta Federación engloba a una amplia parte del sector, pero no a todos los establecimientos. Como reza la propia web de la FEEC es "la única organización empresarial a nivel nacional que representa el sector del campings desde el año 1.977".

¿Por qué solicita esto la FEEC? Durante los últimos años se ha incrementado notablemente la demanda de autocaravanas y furgonetas camper. En 2019 el crecimiento del mercado de autocaravanas se consolidó con un 19,8% con respecto a 2018 (sexto año de subida consecutiva) y un 31% en el caso de las caravanas. Julio de 2020 ha sido el mejor año en la historia del sector.

Estos vehículos permiten una forma de ocio nómada sin depender de bienes inmuebles, ya que dan la posibilidad de conocer lugares o realizar actividades con la comodidad de poder hacer vida en su interior. Esta independencia no le gusta a los empresarios de camping, quienes se quieren reservar el derecho a canalizar las estancias en destino de los vehículos habitables y, obviamente, lucrarse con ello.

¿Qué es legal y qué es ilegal? Por pernocta entendemos a una o más personas que duermen en el interior de un vehículo preparado para tal uso. La acampada es una pernocta a la que se añade el despliegue de elementos exteriores como toldos, sacar sillas y mesas, verter residuos a la vía pública o cualquier otro tipo de acción que implique hacer vida dentro y también fuera del vehículo.

La acampada libre está prohibida y es sancionable debido a las diferentes normativas autonómicas, provinciales y locales que la regulan a diferentes niveles; la pernocta no está prohibida ni penada. El interior del vehículo es un espacio privado y no se puede sancionar ni prohibir que alguien duerma en su interior, igual que nadie sancionaría a un camionero que duerma en su cabina durante su descanso obligatorio en ruta.

¿Puede solicitar la prohibición de la pernocta libre la patronal del camping? A día de hoy, no. La normativa es clara y la propia Dirección General de Tráfico en la Instrucción 08/V-74 de 2008 aclara que "las autocaravanas pueden efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo", especificando además lo siguiente:

Se considera que mientras un vehículo está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo.

Cualquier prohibición contraria a esto, es decir, la sanción a caravanas, autocaravanas y furgonetas camper por parar, estacionar, habitar en su interior o incluso pernoctar serían una discriminación de manera arbitraria, y sobre las que la DGT en la misma Instrucción señala que "las herramientas legales no deben ser utilizadas de manera discriminatoria".

Contra esta Instrucción 08/V-74 la FEEC también ha alzado su opinión, indicando que induce a error pues la DGT no es administración competente para determinar dónde se puede utilizar una autocaravana o furgoneta camper como vivienda. "Cuando la autocaravana deja de ser vehículo y se usa como vivienda deja de ser una competencia de Tráfico pasando a ser una materia ajena a la circulación", según la FEEC.

Con todo esto, el propósito de la FEEC es evidente: quieren sacar tajada de un movimiento cada vez más numeroso pero imponiendo una normativa que va en contra de la propia naturaleza de las propias caravanas, autocaravanas y furgonetas camper, imponiendo un uso estacionario de los vehículos habitables.

Dicho esto, lo que la FEEC califica como pernocta libre y el uso de campings no son incompatibles, sino complementarios por mucho que quieran venderlo como actividades rivales. Por propia experiencia, es frecuente en viajes largos compaginar estancias libres con días en camping para descansar, vaciar depósitos, lavar la ropa, ducharse o hacer uso de cualquier otro de los servicios del camping.

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